viernes, mayo 23, 2008

SOBORNO, POR DESCONOCIMIENTO DE LA LEY


Apreciados amigos buen día, quiero compartir esta información con ustedes para que no cometamos un error por no conocer la ley:
Tras la entrada en vigencia de la nueva ley, cualquier persona que intente sobornar a un agente de transito, será procesado judicialmente por el delito de cohecho y enviada aprisión por mínimo cuatro años.

La pena mínima a la que serían condenados por un juez es de 4 años y no es excarcelable, según el artículo 28 de la ley 1142, que empezó a operar el 28 de junio del 2007 y que fue aprobada por el Congreso de la República dentro de un paquete de medidas para la 'prevención y represión de la actitud delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana'.

Un promedio de 60 multas por hora se imponen hoy en Bogotá. Aquellos que acostumbraban pasar un billete para que se las perdonaran ahora tendrán que pensarlo dos veces, pues terminarán en la cárcel.

Después de la detención, el conductor es llevado ante un juez de garantías para legalizar su captura, tal y como ocurre cuando una persona comete cualquier delito en flagrancia.
Durante una audiencia pública, la Fiscalía le imputa los cargos por el delito de cohecho y solicita una detención preventiva. El conductor es enviado temporalmente a la cárcel Modelo a la espera de una condena definitiva. Si la persona acepta su responsabilidad, obtendrá una rebaja del 50 por ciento en la condena.

Pero si no la acepta, irá a un juicio donde un juez definirá su situación jurídica. En el caso de que sea un menor de edad, su caso será llevado por un juez de infancia y adolescencia que lo remitirá a un centro de resocialización para jóvenes.
'La fe pública es un bien importante. A la autoridad hay que respetarla y el mensaje que estamos enviando es que intentar comprarla se pagará muy caro. Por eso se impulsóesta ley, y lo clave es que esta pena tiene la función de prevenir que esto siga ocurriendo', advierte un alto funcionario de la Fiscalía.

Quedará con antecedentes? Como cualquier delito, la persona que sea procesada por intentar sobornar a los agentes de tránsito quedará con un antecedente penal en el sistema judicial colombiano, lo que le impediría, por ejemplo, contratar con las entidades del Estado.
El saliente comandante de la Policía de Tránsito en Bogotá, coronel Omar González, dijo que los más de 1.200 agentes de transito que tiene la ciudad fueron invitados a hacer cumplir esta norma a cabalidad.

'Antes no lo hacían porque ellos sabían que era un desgaste, ya que la ley no contemplaba la posibilidad de que los sobornadores fueran a la cárcel. En eventuales casos ellos los detenían y la justicia los dejaba libres a las pocas horas', destacó el oficial.El castigo también afecta a los agentes de tránsito, que en muchas ocasiones son los que piden la 'tajada': no solo serán despedidos, sino vinculados a una investigación disciplinaria que los obligaría a pagarle al Estado una millonaria multa por ese comportamiento. Otras causales para ir a prisión:

No solo serán capturados y judicializados los sobornadores. También los que presenten licencia de conducción falsa o SOAT adulterado irán a prisión (mínimo durante 4 años), bajo el delito de falsedad en documento público y privado. De hecho, por este motivo, entre junio del 2007 y la fecha, han sido capturadas 115 personas.

Igualmente, pagarán cárcel los que durante el procedimiento de la multa presenten un documento ajeno, los que destruyan el comparendo, lo adulteren o ataquen verbal o físicamente al agente de tránsito.


Cordial saludo,
MIGUEL FERNANDO CALIXTO L.
Director Nacional de Investigaciones y Salvamentos

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